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De las NIF a las IFRS: El proceso de conversión, excepciones y exenciones, IFRS 1

Para aquellas empresas que buscan su información financiera tenga una personalidad internacional, la IFRS 1 (International Financial Reporting Standard, por sus siglas en inglés) indica el procedimiento de adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

De las NIF a las IFRS: IFRS 1

El crecimiento de las empresas de tecnología y la innovación de los servicios y procesos de diversas industrias, impulsadas por mismo desarrollo tecnológico, han fomentado una diversificación de operaciones intercompañía y combinaciones de negocios, propios de la industria 4.0.

Así mismo, el desarrollo de estas combinaciones de negocios y de dichas innovaciones tecnológicas requieren de inversión, requieren flujos de efectivo óptimos y requieren préstamos y financiamientos, para los cuales se necesita tener una visión transnacional, voltear a ver a mercados internacionales, donde posiblemente se encuentre esa inyección de liquidez que se busca y en donde la presentación de información financiera es vital al momento de buscar el logro de objetivos.

IFRS 1, Adopción por primera vez de las NIIF

Para aquellas empresas que buscan su información financiera tenga una personalidad internacional, la IFRS 1 (International Financial Reporting Standard, por sus siglas en inglés) indica el procedimiento de adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y dentro del proceso de conversión, es importante mencionar que la IFRS 1, cuenta con algunas excepciones sobre temas específicos, que las entidades aplicarán, dentro de las cuales destacan los siguientes:

Excepciones

  1. La baja en cuentas de activos financieros y pasivos financieros
  2. Contabilidad de coberturas
  3. Participaciones no controladoras
  4. Clasificación y medición de activos financieros
  5. Deterioro de activos financieros
  6. Derivados implícitos
  7. Préstamos del gobierno

De igual forma, en los apéndices siguientes de la propia IFRS 1, indica las exenciones por las que puede optar una entidad que adopte por primera vez las NIIF, resaltando las exenciones para las combinaciones de negocios y las que a continuación se enlistan:

Exenciones

  1. Transacciones con pagos basados en acciones
  2. Contratos de seguro
  3. Costo atribuido
  4. Arrendamientos
  5. Diferencias de conversión acumuladas
  6. Inversiones en subsidiarias, negocios conjuntos y asociadas
  7. Activos y pasivos de subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos
  8. Instrumentos financieros compuestos
  9. Designación de instrumentos financieros reconocidos previamente
  10. La medición a valor razonable de activos financieros o pasivos financieros en el reconocimiento inicial
  11. Pasivos por desmantelamiento incluidos en el costo de propiedades, planta y
  12. Activos financieros o activos intangibles contabilizados de acuerdo con la CINIIF 12
  13. Costos por préstamos
  14. Cancelación de pasivos financieros con instrumentos de patrimonio
  15. Hiperinflación grave
  16. Acuerdos conjuntos
  17. Costos de desmonte en la fase de producción de una mina a cielo abierto
  18. Designación de contratos para comprar o vender una partida no financiera
  19. Ingresos de actividades ordinarias
  20. Transacciones en moneda extranjera y contraprestación anticipada

A manera de aclaración, estas excepciones y exenciones, aunque mencionen títulos de normas internacionales, se enfocan propiamente a temas específicos de dichas normas y muchas de ellas serán aplicables de acuerdo a la manera en que presentan su información, antes de migrar a IFRS y por supuesto, dependerá de los rubros que tengan en sus estados financieros, así como de sus operaciones.

El proceso de conversión

El proceso de conversión de estados financieros a IFRS requiere de una metodología especializada, evaluando las políticas contables, operaciones y eventos contables que posiblemente den origen a impactos significativos al momento de migrar la información a estándares internacionales, en contraparte, obtener información conforme a normatividad internacional amplia el horizonte de oportunidades para las organizaciones, desde una expansión de operaciones, hasta nuevos modelos de negocio.

Si desea más información, requiere asesoría y/o capacitación especializada sobre esta o alguna otra de nuestras áreas de servicio, en Grupo GSG Mefintax (GSG Consultores Asociados, S. C., y Mefintax México, S. C.) estamos a sus órdenes.

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